En un hecho claro de persecución político sindical, el Gobierno de la Ciudad pretende jubilar al compañero Frondizi desconociendo toda la normativa vigente en la materia, el artículo 14 bis de la Constitución Nacional que protege la acción sindical, los convenios de la OIT y los arts. 47, 48 y 52 de la Ley 23551 que es la que regula la actividad sindical.
El mismo gobierno que realiza violentos desalojos represivos como fue el Indoamericano y el Hospital Borda, pretende acallar la voz de los trabajadores e impedir su organización gremial para concretar su plan funcional a la voracidad inmobiliaria y a las políticas empresariales.
En defensa del compañero Marcelo “Nono” Frondizi.
Por el cese de la persecución ejercida por el Gobierno de la Ciudad.