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Secretaria de Salud Laboral de la CTA provincia de Buenos Aires

Lilian Capone, sobre la necesidad de declarar enfermedad profesional al COVID-19

, por CTA Comunica

Nuestra Secretaria de Salud Laboral de la CTA provincia de Buenos Aires, Lilian Capone, fue entrevistada por la comunicadora y periodista Cynthia Ottaviano en su programa radial ‘Volver a las Fuentes’, Radio Splendid am 990, sobre la necesidad de declarar a la enfermedad del COVID-19 como enfermedad profesional.

“En este momento estamos muy preocupados, porque ante una emergencia sanitaria, y ante las tareas esenciales que marcó el presidente Alberto Fernández, hay colectivos de trabajadorxs que están expuestxs directamente al riesgo de contagio del Coronavirus. Específicamente son lxs trabajadorxs de la Salud. Estxs trabajdorxs cotidianamente exponen su vida y con este virus, que es de baja letalidad, pero es muy peligroso porque es muy contagioso. Planteamos que un trabajador con Coronavirus, inmediatamente sea considerado como enfermedad profesional. Toda su cobertura de tratamiento, rehabilitación y posible incapacidad sea contemplada por las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo”, explicó Lilian Capone en diálogo con Cynthia Ottaviano.

La Secretaria de Salud Laboral de la CTA provincia de Buenos Aires agregó: “Actualmente la definición de la Superintendencia de Riesgo del Trabajo es que la enfermedad profesional va a ser reconocida caso por caso. Es decir que el trabajador tiene que hacer un trámite. Creo que estamos frente a una emergencia, no hay tiempo para hacer trámites y si ese trabajador o trabajadora estuvo en una guardia o en un consultorio, atendiendo personas infectadas, obviamente es una enfermedad profesional”.

Enlace audio entrevista: https://radiocut.fm/audiocut/lilian-capone-sobre-covi19-enfermedad-profesional/?fbclid=IwAR1-jCN8-scFspH8-U0x_kK6fhBve8WOFQsO2WMCiFxUYElSyTkR55p_bVA#.Xo4S-BJ_erQ.telegram

Comunicado de la Secretaría de Salud Laboral de la CTA

Desde la CTA-T seguimos reclamando que el COVID-19 sea declarado como Enfermedad Profesional.

Según la Ley de Riesgos del Trabajo, para que una enfermedad sea considerada como Profesional debe cumplir con tres requisitos: el agente causal laboral, la actividad y la patología. Es decir, hay nexo laboral porque hay exposición laboral.

Ahora bien, a partir del 20 de marzo, a través del DNU 297/20 se decreta una medida eficaz y preventiva para toda la población general: aislamiento social y obligatorio. Para que esta medida se sostenga, a su vez, el mismo Decreto, define que haya otra parte de la población trabajando en tareas definidas como esenciales: personal de salud, de telecomunicaciones, de comunicación, de educación, de seguridad, de comercio, de transportes (marítimo, aéreo y terrestre), recolectores de residuos biológicos, industriales y domiciliarios, como así también los trabajadores que sostienen tareas comunitarias sanitarias y de alimentación, y los trabajadores precarizados, de estas actividades, con lo cual se infiere que no estarán en aislamiento, con exposición laboral al COVID-19. El riesgo biológico, virus nuevo, estará presente en este colectivo de trabajadores en forma directa, irrumpiendo sus normales condiciones de trabajo. Por otra parte, hay otro grupo de trabajadores donde este nuevo riesgo biológico podrá estar presente y que al exponerse a este agente, sufrirán infección y enfermedad por el coronavirus: curtiembres, construcción, textiles, mecánicos, etc.

El Sistema de Riesgos del Trabajo actual no contempla esta situación. El COVID-19 es una enfermedad nueva y no se encuentra expresamente listada como enfermedad profesional (Decreto 658/96), con lo cual la SRT ya declaró que esta patología actuaría como una enfermedad por fuera de este listado y que para ser reconocida como tal el o la trabajadora deberá indefectiblemente realizar trámites, por el cual una comisión médica determinará si es o no aceptada la denuncia del trabajador. Sepamos que en el año 2019 se presentaron más de 80.000 denuncias y el 67% fueron rechazadas. Esto se resuelve con un DNU o decreto Ministerial.

Entonces, ¿es justo que trabajadores y trabajadoras expuestos a esta nueva pandemia, que son los que sostienen innumerables funciones para que el resto de la población cumpla con el aislamiento social, queden sin protección legal en cuanto a su salud y seguridad?

¿Es justo que deban realizar trámites engorrosos de dudoso final, en vez de ser reconocida directamente como enfermedad profesional?

Al no ser reconocido como enfermedad profesional el COVID-19, en forma directa, son la Salud Pública y las Obras Sociales quienes asumirán el costo económico que generará de tratamiento, internación y rehabilitación. Son las ART quienes deben hacerlo pues ya han ganado mucho dinero, solamente 4.000 millones de pesos en el último año. Ganancia sostenida por un sistema privatizado a costa de la salud y seguridad de nuestros compañeros.

POR ESTO ESTA CENTRAL RECLAMA UNA VEZ MÁS:
EL COVID-19 DEBE SER RECONOCIDO COMO ENFERMEDAD PROFESIONAL.
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