Buenos Aires, martes 17 de marzo de 2015

COMPAÑERO ARIEL BASTEIRO: CLARÍN MIENTE

Ante la grave e infundada denuncia del diario Clarín, reproducimos la desmentida de la Cancillería argentina, al tiempo que expresamos públicamente nuestra solidaridad con el embajador de nuestro país en Bolivia quien, además, es uno de los fundadores de nuestra Central.

La Cancillería desmiente la nota publicada por Clarín en el día de hoy, titulada “Alerta en la Cancillería por manejos en la embajada en Bolivia”, por ser falsa, mal intencionada, parcializada y utilizada con la clara intención de desinformar.

El artículo hace referencia a tramitaciones para obtener –supuestamente de manera irregular- la extensión de la visa y el otorgamiento de franquicias al Agregado de la Fuerza Aérea de la Embajada argentina ante el Estado Plurinacional de Bolivia, Comodoro Edgardo Sigler, miembro de dicha representación diplomática conforme lo establecido por el Art 2 Inc D) y el Art 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación.

El pedido de renovación de visados para el Comodoro Eduardo Sigler y su grupo familiar se hizo conforme a la normativa vigente. El otorgamiento de prórrogas de permanencias para los funcionarios de las misiones diplomáticas en el exterior resulta una práctica habitual. Ello ocurre por motivos inherentes a la función y debe ser debidamente fundamentado y aceptado por la Cancillería local.

En el caso en cuestión la Cancillería boliviana le extendió una prórroga al Comodoro Sigler para su permanencia en el país del 27 de octubre al 15 de noviembre de 2014, fecha en la cual el funcionario regresó a la República.

En cuanto a la franquicia automotriz, el nombrado sólo hizo uso de ese beneficio en una oportunidad, para adquirir una camioneta en el marco de la legislación vigente en Bolivia, autorizada por la Resolución Administrativa del 22/05/2014 de ese país.

Respecto del segundo auto, no se trató de una franquicia aduanera sino del ingreso temporal de un automóvil proveniente de la Argentina, para uso particular del funcionario, sin hacer uso de ningún privilegio especial. La chapa diplomática de cortesía de ese vehículo es un derecho que la ley boliviana les reconoce a los diplomáticos extranjeros, que debe ser devuelta al término de la misión y no implica beneficio económico alguno.

El artículo omite maliciosamente mencionar la existencia de trámites y notas precedentes, que avalan el accionar de la Embajada Argentina en Bolivia, con el claro propósito de afectar a funcionarios que actuaron en el marco de la legislación boliviana y de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

Información para la prensa Nº 054/15

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